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¿Compensa el parón de agosto?

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06.09.2019. El 2 de septiembre entre los procuradores y procuradoras del área de Vigo gestionamos 3.835 notificaciones. Un número elevado de asuntos, pero que queda lejos de algunas jornadas de hace una década en las que los profesionales estábamos enganchados al ordenador hasta bien entrada la madrugada. La planificación del envío de notificaciones y el reparto de la carga de trabajo durante los primeros días de septiembre está entre las mejores noticias que los profesionales de la procura hemos recibido en los últimos tiempos. Y es que aunque los procuradores demandamos nuevas funciones, como las de la ejecución de embargos y diligencias, no está todavía entre las que tenemos actualmente desdoblarnos para gestionar todas las notificaciones pendientes en una sola jornada.

 

El reinicio de la actividad judicial suele despertar reflexiones sobre la utilidad del parón del mes de agosto y la posible puesta en marcha de mecanismos para mantener el funcionamiento habitual de la administración de justicia.

 

La inhabilidad del mes de agosto supone para todos los operadores jurídicos un descanso de la incesante actividad de los juzgados. ¿Es posible no parar en agosto? Quizás sí, pero eso exigiría un importante de planificación por parte de la administración de justicia de sus recursos humanos. Y también de los procuradores, pieza clave de comunicación entre administración, abogados y el cliente.  En caso de nuestro colegio, el 100% de los profesionales somos trabajadores por cuenta propia, ¿quién nos sustituiría entonces?

 

¿Depende el problema endémico de atasco y lentitud de la administración de justicia de la inhabilidad del mes de agosto? Estoy convencido de que no. Es necesaria una regeneración profunda de la propia administración de justicia. No se trata solo de la creación de nuevos juzgados o de mantener la actividad en el mes agosto, es necesario dotar los servicios del personal necesario e introducir mediante una profunda modificación legislativa, nuevas figuras como la del procurador ejecutivo que descongestionen la administración de justicia.

 

Las nuevas funciones que se nos otorgarían a los procuradores permitirían a los profesionales ejecutar embargos y diligencias, así como averiguar bienes o entregar notificaciones baja control judicial. Con esta nueva fórmula, los cerca de 10.000 procuradores que ejercemos en España estaríamos a la disposición de la administración de Justicia para acelerar su funcionamiento. Y quizás así ya a nadie le importe si paramos o no en agosto.

José Antonio Fandiño, decano

Esta entrada tiene un comentario

  1. ANTONIO ANDRADE

    Enhorabuena por este artículo que refleja la situación actual de la administración de justicia y que a nadie le interesa acometer

Comentarios cerrados.